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Palacio de Miramar

Impacto:

****

Lugar:

San Sebastián.

Observación:

Construcción de un aparcamiento subterráneo bajo los jardines del Palacio de Miramar.

Propuesta general:

Siendo un entorno que goza de la máxima protección (A del PEPPUC), que incluye también el parque de forma expresa, no debe efectuarse ninguna actuación en tal sentido, considerando la propuesta como un impacto CRÍTICO en el patrimonio artístico-cultural donostiarra.

Descripción:

El Ayuntamiento de San Sebastián ha propuesto la construcción de un aparcamiento subterráneo de dos plantas y una capacidad de aproximadamente 250 plazas bajo los jardines del Palacio de Miramar, con entradas y salidas para vehículos desde el Paseo de Pío Baroja y peatonales desde los propios jardines del Palacio.

Impactos:

El derivado de la no conveniencia de instalar un aparcamiento bajo unos jardines, ya que la vegetación puede verse limitada en su crecimiento y puede ser necesario apear árboles de gran porte, razones a las que se puede unir la más filosófica de evitar la "artificialización" de un espacio (síndrome del "jardín en la azotea") aún cuando esta no sea excesivamente perceptible.

Puede verse afectada incluso la hidráulica subterránea de los jardines, al no asegurarse que se sigan manteniendo las mismas condiciones de drenaje, humedad, etc. que tiene actualmente el Parque.

Por otra parte, la inclusión de accesos peatonales en el jardín supone la incorporación al mismo de las terminales superiores de ascensores, salidas de escalera y conductos de ventilación, que son consideradas críticas para la estética del propio parque, que podría ver modificados incluso los suelos de pequeños cantos rodados en los caminos.

La creación de los accesos desde Pío Baroja supone una intervención durísima que crea el impacto en el entorno del propio cerramiento (aunque este no es original, pues el parque fue mucho más grande) y sobre el entorno del perímetro del mismo ya que será difícil evitar fuertes impactos estéticos, además de añadir tráficos y acrecentamiento del nivel del ruido en un lugar en el que estos no son deseables.

Justificación municipal

La operación se justifica por parte del Ayuntamiento afirmando que el uso del Palacio como lugar destinado a actos sociales o similar requiere de un aparcamiento de unas 150 plazas, ofreciendo el resto para venta o rotación. Esta justificación se contradice con la celebración durante decenios de actos de diverso tipo, incluyendo los cursos de verano de la UPV, que generan gran atracción de personas durante todo el verano o la acogida durante años del conservatorio superior de música del País Vasco... Parece más racional el planteamiento de que si el Palacio no es capaz de servir a tal fin sin la creación de un aparcamiento, es que esta actividad no es adecuada y debe pensarse en otra, máxime cuando existen otros lugares en la ciudad mejor preparados para la celebración de eventos.

No se ha difundido la idea general de cómo se prevé la construcción por lo que los impactos pueden ser diferentes. Tampoco se ha hecho público si la iniciativa es municipal estrictamente (partiendo de técnicos o de políticos) o si se basa en alguna oferta de una constructora.

Se va a realizar una consulta a los vecinos más próximos para constatar su interés por la adquisición de plazas de aparcamiento.

Alternativas

La modificación de la protección del Palacio y parque no debe ser autorizada bajo ningún concepto (ejemplos en el pasado hay varios) con objeto de permitir la construcción del mencionado aparcamiento. La protección del patrimonio cultural y naturalístico (aunque sea un parque) no es tal si cuando debe cumplir su función se modifica para permitir precisamente lo que la propia protección prohíbe inicialmente.

Búsqueda de otro lugar cercano para la construcción del aparcamiento. Se considera aceptable y con impactos asumibles la construcción del aparcamiento en el espacio comprendido entre el túnel del Antiguo y la avenida de Zumalakarregi, estando este emplazamiento (aprox. 7000 m2) igualmente próximo al Palacio.

Búsqueda de otros usos alternativos para el Palacio que no requieran de aparcamiento, máxime cuando se está tratando de impedir el uso del vehículo privado. De hecho la mayor parte de los actos susceptibles de organización en el Palacio no necesitan aparcamiento, como lo prueba la celebración continuada de actos en el Palacio en ausencia del equipamiento propuesto. Una treintena de plazas sometidas actualmente a OTA en la entrada oriental del Palacio podrían ser reservadas puntualmente para las necesidades de la organización y de las personas discapacitadas en aquellos actos que lo pudieran requerir.

La consulta debe realizarse primero a especialistas independientes sobre el patrimonio y, eventualmente, a todos los donostiarras, no solo a los residentes en una zona concreta, ya que el interés del palacio desde el punto de vista del patrimonio cultural afecta a todos los donostiarras y no solo a los habitantes de una zona concreta de la ciudad.

Se debe recordar que las últimas actuaciones municipales vinculadas a aparcamientos se han basado en la destrucción de los aparcamientos subterráneos preexistentes y la construcción de otros nuevos en el mismo emplazamiento, apareciendo sobreoferta de plazas con relación a las necesidades de los residentes e incluso la incorporación en el aparcamiento de la Concha de una instalación deportiva que ocupaba una parte importante del espacio inicialmente destinado a aparcamiento. Esta instalación podría haberse realizado en cualquier otro lugar de la ciudad.


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