Lurralde :inv. espac. N. 19 (1996) p. 215-234 ISSN 1697-3070

CONCEPCION INTEGRADA DE LA CONSERVACION DE LA NATURALEZA y CATEGORIAS DE ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS

Recibido: 1996-11-01

Jesús Maria GARAYO URRUELA

Granja Modelo-CIMA.

Apdo.46. 01080 VITORIA-GASTEIZ

 

LABURPENA: Izadiaren babespenaren ekogítutako kontzeptzioa eta babespeko berezko inguruneen kategoriak

Berezko inguruneen babespenaren zehaztapena gaur egun ohikoa baino erabat desberdina da: aurreko eduki arrunta eta babeszaleez gain, bisitarien harrera, ekintza zientifiko, hezitzaile eta kulturalak, areagotze ekonomikoa, e. a., gehitzen zaizkio. Gaur egun, babespeko berezko inguruneek, helburu gordetzailez gain, garapen sozio-ekonomikoekin zer ikusia duten helburu anitzekin badute loturarik. Artikulu honen mamia babespeneko lau guneren azterketa {Erreserba" Parke Nazionala, Parke Naturala, Biosferaren Erreserba) eta bakoitzari dagokion gaurko zehaztapen eta kontzepziotara egokitutako izadiaren babespenaren dimentsio eta begiratzearen eranspenean datza.

Hitz gakoa: Izadiaren babespena, Babespeko berezko inguruneak, Garapen euspengarria.

 

SUMMARY: The integrated conservatíon of nature concept and categories of protected areas

The actual concept of natural habitats conservation is very different of the conventional one. The first contents strictely conservative, have been extended to olher fields such as: turism, scientific, educationaJ and cultural activities, socioeconomicaJ developmenl... By the day, Ihe protected areas besides conservative objectives incorporate specific aims related to socioeconomical development. This paper, examine four kinds of protected areas {reserves, national parks. natural parks, biosphere reserves) and how the concept of "integrated conservation of nature" has affected to Iheir conception and definition.

Key words: Conservation of nature, Protected areas, Sustainable development.

 

RESUMEN: Concepción integrada de la conservación de la naturaleza y categorías de espacios naturales protegidos

El concepto actual de protección de espacios naturales es muy distinto al convencional. Los contenidos estrictamente conservacionistas iniciales se han ampliado a campos como la acogida de visitantes, las actividades científicas, educativas y culturales, la dinamización socioeconómica, etc. Hoy en día, los espacios naturales protegidos además de objetivos conservacionistas abordan también fines diversificados y relacionados con el desarrollo socioeconómico. El articulo aborda el examen de cuatro clases de espacios naturales protegidos {reservas. parques nacionales, parques naturales. reservas de la Biosfera) y la incorporación de la dimensión y enfoque integrados de la conservación de la naturaleza a la concepción y definición actuales de cada una de ellas.

Palabras clave: Conservación de la naturaleza. Espacios naturales protegidos, Desarrollo sostenible.

 

La concepción actual de la idea de la conservación de la naturaleza es muy diferente a la sustentada hasta hace más de dos o tres décadas. La protección puntual de valores naturalísticos y paisajísticos raros y excepcionales sobre unas mínimas actividades de gestión, en las que predominaban los enfoques naturalísticos con exclusión y marginación de los intereses y demandas de los habitantes y poblaciones locales residentes en los espacios protegidos, ha sido renovada desde los años setenta y, sobre todo, a partir del decenio de los ochenta y sustituida por una concepción de la conservación globalizadora que, mediante la planificación física, territorial y económica, persigue vertebrar los objetivos conservacionistas al entorno socioeconómico y territorial circundantes.

Un repaso por la historia de los espacios protegidos permite comprobar como los objetivos de conservación y los criterios de selección de estas áreas han pasado de un enfoque puntual, sectorial, localizado, estático y, preferentemente, estético-paisajístico-recreativo a una visión dinámica, global e interrelacionada de los espacios naturales, por lo que el acento se ha trasladado desde las especies ( inicialmente, las de valor cinegético en los años 60-70 y, posteriormente, en los años 70-80, las emblemáticas formadas por vertebrados de gran tamaño, particularmente, mamíferos y aves) a los ecosistemas (años 80-90) para, progresivamente, insertar a éstos en el marco de la ordenación territorial y la programación socioeconómica 1. La conservación ha pasado a concebirse como un todo indisociable con el desarrollo socioeconómico de las poblaciones locales afectadas y la protección del entorno sociocultural. La idea actual de conservación es resultado de la superposición e integración de los discursos estético-paisajístico, naturalístico y globalizador que se han sucedido en la historia de los espacios naturales protegidos.

La idea de conservación, para ser coherente, postula en cualquier caso y consecuentemente sistemas globales y sistemáticos de protección del espacio que, conforme a la riqueza naturalística ya la fragilidad ecológica y socioeconómica existentes, primen la selectividad y atiendan la variabilidad de casos y situaciones pero, de ninguna forma, descuiden y posterguen el tratamiento genérico del conjunto del territorio.

Las políticas de conservación del entorno natural emprendidas por las instituciones públicas, coincidentes por lo general en los objetivos y fines perseguidos, han diferido, sin embargo, en las figuras o categorías de protección así como el contenido dado a las mismas. Los más de 20.000 espacios protegidos existentes actualmente en el mundo ostentan una gran multiplicidad de denominaciones corroboradas por el dato de utilizarse más de 140 nombres distintos para referirse en el mundo a espacios naturales protegidos y darse casos como Australia que posee por lo menos 45 modalidades distintas de espacios protegidos2. La UICN trató en 1978 de poner cierto orden en la gran variedad de denominaciones y estableció en base a criterios de gestión diez categorías de espacios protegidos3 que, posteriormente, quedaron en 1984 reducidas a chho4 y en 1993 a seis, concretamente, a Reserva Natural Estricta/Área Natural Silvestre (I), Parque Nacional (II), Monumento Natural (III), Área de Manejo de Hábitat/Especies (IV), Paisaje Terrestre y Marino Protegido (V) y Área Protegida con Recursos Manejados (VI) 5,

El examen histórico y conceptual de la diversidad de figuras de protección creadas y su homologación desborda nuestro interés, que se reduce exclusivamente a delimitar y diferenciar el alcance y grado encerrados en los espacios naturales protegidos conocidos por reserva, parque nacional, parque natural y reserva de la biosfera. Cada una de las tres primeras categorías mencionadas conllevan objetivos y grados de protección diferentes y, en función de las repercusiones implicadas para la actuación protectora, admiten distinta tolerancia respecto a actividades humanas y visitas del público. La reserva de la biosfera se ha incluido por la contribución cualitativa, que los debates suscitados en torno a las mismas han aportado respecto a la gestión de los espacios naturales. Las cuatro figuras de protección mencionadas, cada una con sus rasgos específicos, se suelen combinar unas con otras en los casos concretos de espacios naturales protegidos: la reserva está asociada normalmente con parques nacionales, parques naturales y reservas de la biosfera; los parques naturales pueden combinarse con los parques nacionales y la declaración de reservas de la biosfera, por ser una denominación de espacio protegido de ámbito internacional, se superpone y se extiende por espacios catalogados como parques nacionales, parques naturales y reservas. Las categorías de espacios protegidos seleccionadas, en algún caso como los parques nacionales y los parques naturales, homologables con las categorías II y V, coinciden con las categorías establecidas por la UICN pero, en otros, como el de reserva no sucede lo mismo, por aplicarse a esta figura contenidos que este organismo internacional diferencia y distribuye por las categorías I, IV y VI.

Las definiciones conceptuales e, incluso, las ideas y objetivos plasmados originalmente en los textos legales, por los que determinados espacios han sido protegidos bajo el paraguas de una determinada categoría de protección, suelen, con mayor frecuencia de la deseable, verse desvirtuados o entrar en contradicción con lo acontecido en la gestión práctica del mismo. Es preciso, por tanto, puntualizar y señalar claramente el tratamiento programático conceptual con que de forma predominante, se aborda la redacción de este artículo.

El concepto actual de conservación en los espacios naturales es muy distinto al tradicional. Los contenidos estrictamente proteccionistas iniciales se han ampliado a campos como la acogida de visitantes, las actividades científicas, educativas y culturales, la dinamización socioeconómica, etc. 6, y hoy en día, los espacios protegidos, además de objetivos conservacionistas abordan también fines ampliados y diversificados de uso público y el desarrollo socioeconómico 7. A continuación, se procede a examinar hasta qué punto las cuatro clases de espacios protegidos elegidos han incorporado a la definición y gestión de las mismas la dimensión y enfoque integrados apuntados.

1 LAS RESERVAS

Las áreas protegidas catalogadas como reservas tienen como destino principal la conservación en forma restrictiva y con fines científicos de recursos biológicos sectoriales y puntuales (fauna, flora, etc.) aunque, por motivos funcionales vinculados con la actuación protectora, pueden llegar a abarcar uno o varios ecosistemas8.

Las limitaciones introducidas por las reservas en la ocupación humana dependen y varían en función de los objetivos perseguidos en la declaración. Las reservas "integrales" funcionan, al estilo de un "laboratorio", en la que la naturaleza actúa según sus leyes, la actividad productiva está totalmente descartada y el acceso, salvo la entrada de investigadores, se encuentra totalmente cerrado para el público9. Las reservas naturales, también llamadas "dirigidas", creadas con el objetivo de proteger especies animales y vegetales amenazadas de extinción (reservas faunísticas, ornitológicas, florísticas, botánicas, entomológicas, etc.), o las creadas para conservar habitats naturales específicos admiten las actividades económicas tradicionales preexistentes y toleran la visita del público en la medida que contribuyen a la consecución de los objetivos conservacionistas perseguidos o, simplemente, son compatibles con los mismos10.

Un estudio de las reservas naturales francesas ha permitido comprobar la frecuente existencia de excepciones en las prohibiciones y restricciones productivas, que, por concepto, encierran, lo que pone de manifiesto la evolución experimentada por esta figura de protección en respuesta a las particularidades locales ya los conflictos surgidos por las contradicciones entre protección y desarrollo y entre comunidad local (propietarios de terrenos, usuarios, entidades locales) y Estado 11.

Comunidades campesinas e indígenas que, por cosmovisión vital, baja densidad de ocupación o moderada explotación de los recursos naturales renovables, han mantenido y mantienen relaciones armoniosas con el medio natural, han contribuido a garantizar la persistencia de la diversidad biológica al mismo tiempo que han extraído un flujo sostenible de productos y servicios necesarios para satisfacer las necesidades vitales de sus poblaciones. La conservación a largo plazo de la diversidad biológica, presente en estos espacios con valores naturales dominantes, implica la protección de la diversidad cultural subyacente en los mismos y, en estos casos se crean reservas naturales culturales que, por estar ligada la conservación a formas tradicionales campesinas de producción y gestión agrarias o a cosmovisiones de grupos étnicos, reciben el nombre de reservas naturales campesinas y reservas naturales sagradas tal como empieza a suceder en México12 o de reservas extractivistas, extendidas por la región brasileña del Amazonas13.

2. LOS PARQUES NACIONALES

El concepto o idea de Parque Nacional quedó plasmada ya en el Parque Público de Yellostowne, constituido el 1 de marzo de 1872 tras acuerdo del Senado y Cámara de Representantes de E.E.U.U., pero instituido bajo la denominación de parque nacional en 1887. La creación de este Parque en las Montañas Rocosas sobre un territorio de propiedad pública, que comprende parte de los estados de Wyoming, Montana e Idaho y ocupado con anterioridad por los indios Shoshones, Crows y Piés Negros, respondió a la existencia de una serie de valores de contenido estético y cultural fuera de lo común y en estado virgen que la Nación estadounidense se comprometía a conservarlos al margen de la civilización, ocupación o venta y dedicarlo al disfrute público de las actuales y futuras generaciones en las modalidades recreativa y educativa14.

Los Parques Nacionales, desde la definición dada de los mismos en la X Asamblea de la UICN, celebrada en noviembre de 1969 en Nueva Delhi (1969), se suele considerar a los espacios que tienen como objetivo fundamental la defensa y preservación de ecosistemas que, sin haber experimentado alteraciones esenciales por la ocupación y explotación humana y siendo representativos a nivel nacional, destacan por la singularidad y rareza excepcional de la fauna, flora, gea, paisaje, etc. contenidos en los mismos y son destinados al uso público que las administraciones nacionales tratan de poner a cubierto de los daños causados o que pudieran derivarse de la intervención humana. Los espacios naturales protegidos clasificados como parques nacionales, tras esta definición y los criterios complementarios aprobados por la Comisión Internacional de Parques Nacionales en la Décimo Primera Asamblea General de la UICN celebrada durante 1972 en Banff (Canada), comprenden los siguientes requisitos imprescindibles: una amplia extensión, acorde con las condiciones históricas y demográficas de cada nación pero en cualquier caso, coincidente con unidades eco lógicas completas, unos cualificados y, por la rareza de los mismos, excepcionales valores naturalísticos en el ámbito de cada país, un tratamiento restrictivo de la explotación y ocupación humanas, un régimen legal protector, una protección eficaz, declaración y gestión por las administraciones nacionales y turismo autorizado15 .Los Parques nacionales, por sus finalidades estética, educativa, científica y recreativa, presentan contenidos de uso y goce públicos de carácter esencial16.

El régimen jurídico imperante en materia de ocupación humana en los Parques Nacionales es el de prohibición general con reserva autorizada para las actividades tradicionales y preexistentes y las derivadas de goce público en tanto no son incompatibles con el alcance y los objetivos proteccionistas17. La explotación de recursos naturales renovables (fauna, flora, recursos acuáticos, mineros, forestales, ...) con fines comerciales está excluida por concepto. La ocupación humana y los aprovechamientos económicos tradicionales, siempre que no impliquen alteraciones en los recursos naturales protegidos, suelen estar tolerados aunque, por definición, son aspectos a eliminar de forma gradual y progresiva18. Los Parques Nacionales, en su funcionamiento, pueden homologarse a una reserva "general" pero estos, respecto a las simples reservas, se diferencian en aspectos como extensión, organización de control y vigilancia, presupuesto, plantilla de personal, zonificación, acondicionamiento, educación ambiental, etc. 19 .

La idea de Parque Nacional, surgida en un país como E.E.U.U. con grandes territorios y espacios vírgenes pero sometidos en aquel momento a una vasta agresiva operación colonizadora, se ha extendido desde entonces por toda la geografía mundial pero con las inherentes adaptaciones en función de las características históricas y propias de los países que las han adoptado. Los parques nacionales en Europa, continente t elevada densidad demográfica, con población distribuida uniformemente en el espacio y altamente hominizado desde antiguo, ya diferencia del modelo norteamericano de parque nacional original, incluyen en su interior a población residente, que mantienen legítimas reivindicaciones históricas sobre la tierra y ocupan espacios de pequeñas dimensiones, 13.000 hectáreas de media, considerándose grande al parque de 50.000 hectáreas de superficie20. El dominio público de los terrenos y la prohibición de la ocupación humana imperante en el primer parque nacional del mundo y en aquellos otros de países dotados de abundantes territorios vírgenes, ha experimentado ciertas adaptaciones en la aplicación del concepto al continente europeo, en el que los ambientes, los paisajes y los ecosistemas a proteger son el resultado de una lenta y complicada interacción de usos tradicionales agrícola-ganadero-forestales, cuya modificación o eliminación implica la inmediata alteración del equilibrio conseguido históricamente21.

Los Parques Nacionales, particularmente en la experiencia francesa por aportaciones de arquitectos y urbanistas, y con el objetivo de conciliar protección de la naturaleza y desarrollo económico, suelen estar asociados con un Parque Natural 22.

Cuando sucede esta asociación, el Parque Natural está localizado en la zona periférica del Parque Nacional y aquel actúa como zona de preparque, contiene la zona habitada y cultivada, alberga los centros de recepción e información del Parque Nacional, acoge las zonas recreativas destinadas a actividades de ocio al aire libre (excursiones a pie, a caballo, caza y pesca ...), etc. El Parque Nacional, por el contrario, engloba los espacios naturales particularmente sensibles y frágiles a cualquier impacto o alteración externa; el acceso y contacto con los mismos está controlado y ordenado mediante "senderos de la naturaleza" observatorios o refugios, visitas colectivas con guía, etc. 23.

Los parques nacionales, desde la creación del de Yellostowne, han desempeñado las finalidades de protección de recursos naturales de interés nacional y el disfrute público en la modalidad de turismo-recreo. Estas funciones, que pueden considerarse fundamentales en un parque nacional, se han visto incrementadas con el tiempo con otras finalidades prioritarias adicionales como las educativas, las científicas o el fomento del desarrollo rural de las comunidades locales del entorno, que fueron originalmente surgiendo con carácter secundario y en respuesta a situaciones y experiencias concretas 24 para pasar actualmente a formar parte de todo programa de gestión de parques nacionales que se precie de coherente, equilibrado y avanzado. Así, los Parques Nacionales, tras el Congreso Mundial celebrado en octubre de 1982 en Bali (Indonesia), del que surgió el "Plan de Acción de Bali", que estableció las directrices generales para una política a escala mundial en este tipo de espacios, han incorporado como un objetivo básico de gestión el desarrollo socioeconómico de las poblaciones locales en cuanto fórmula de inserción de las comunidades afectadas en los programas proteccionistas y, por esta vía, mejorar la gestión del espacio declarado y fomentar estrategias de ecodesarrollo en el entorno y zonas de influencia de los parques nacionales 25. El discurso prohibicionista en la conservación de los parques nacionales ha sido sustituido o, si se quiere, completado por otro que resalta el uso integral y sostenible de los recursos protegidos bajo esta modalidad de protección.

La reconducción de la gestión hacia planteamientos que permitieran establecer unas relaciones positivas y abiertas con los habitantes y comunidades locales existentes en el interior y entorno de los parques nacionales, recomendada en el Congreso de Bali, ha sido revisada y actualizada una década después. El IV Congreso de Parques Nacionales y Áreas Protegidas (Caracas, Venezuela, febrero de 1992) enfatizó la importancia de los parques nacionales para la satisfacción de las necesidades humanas de cualquier índole (espirituales, sociales, económicas, científicas y culturales), subrayó la importancia de la adaptación de estos espacios a un mundo en continuo cambio, se pronunció porque las actuaciones en los mismos pasasen a insertarse dentro de los respectivos contextos territoriales circundantes ya formar parte de las estrategias de desarrollo sostenible de sus correspondientes países e insistió en fomentar la implicación de los habitantes y comunidades locales en el establecimiento, planificación y gestión de los espacios naturales protegidos 26. La inserción de los parques nacionales en el entorno, ecológico, territorial y económico circundantes ha dado origen a la formulación de proyectos y programas de desarrollo sostenible de las respectivas áreas de influencia que persiguen hacer compatibles la conservación integral de la naturaleza con la aspiración de los habitantes de las poblaciones locales afectadas a un mayor bienestar y vincular directamente las labores de conservación con el beneficio directo de los mismos. Algunos planes socioeconómicos en este sentido formulados apuntan en la dirección de recuperar en lo posible para la estrategia de conservación diseñada las formas tradicionales de explotación puestas secularmente en acción por los grupos humanos, sean explotaciones familiares campesinas 27, sean pueblos indígenas 28, ..., a los que cabe el mérito de haber transmitido hasta la actualidad territorios con acusados y sobresalientes valores naturalísticos, estéticos y culturales.

3. LOS PARQUES NATURALES

Los espacios susceptibles de ser declarados Parques Nacionales en los países, en los que, desde antiguo, se produce una ocupación y explotación intensivas del espacio y que, además, poseen una elevada densidad demográfica, como es el caso de los países europeos, son muy escasos y, por otro lado, resulta de difícil ejecución la eliminación de las actividades económicas propias a una figura del rango de protección mencionado. En estos casos, la actuación pública se canaliza mediante la categoría de protección conocida por Parque Natural29, que responde al objetivo de vincular de forma armoniosa la conservación y la producción y tiene una entidad propia tanto en lo naturalístico como en lo económico, lo social, lo cultural y LO histórico.

Los Parques Naturales constituyen áreas frágiles pero de cualificados valores ecológicos, culturales y, fundamentalmente, paisajísticos, a los que se trata de conservar y mantener en armonía con las actividades económicas tradicionales y el uso recreativo 30. Los Parques Naturales engloban áreas formadas por zonas rurales habitadas y tierras dedicadas a usos agro-silvo-pastoriles en las que, contando al máximo con las iniciativas locales, se trata de potenciar el ordenado aprovechamiento del patrimonio ecológico en sus componentes agrícolas, ganaderos, forestales, cinegéticos y favorecer el contacto del público con la naturaleza, supeditándose en última instancia la intensidad del uso/explotación a la protección del medio rural y los valores naturalísticos, culturales y paisajísticos que se pretende conservar 31.

El parque natural suele considerarse como una "zona piloto de ordenación rural", un modelo de "ordenación integral" o de desarrollo rural integrado 32 y también, como una "área de ecodesarrollo" 33. El parque natural es la expresión de una decisión administrativa voluntarista 34, por la que se pretende abordar coherente y coordinadamente la ordenación del territorio ya la que, de forma compleja, se articulan cuestiones como la solidaridad social con áreas rurales especialmente frágiles, el desarrollo socioeconómico, la protección de la naturaleza, la participación social de las comunidades locales y agentes sociales afectados, etc. 35. Entre la ausencia de gestión en los espacios naturales rurales y la rigurosidad que la misma toma en los parques nacionales, los parques naturales conforman un interesante laboratorio de experiencias intermedias con vocación de ser ejemplares y aplicables al conjunto del territorio, por el que, conforme al principio inspirador de armonización de la conservación de la naturaleza y el desarrollo económico, se persiguen como fines principales: 1) la protección y gestión de espacios semi-naturales singulares pero sensibles por las implicaciones que ello conlleva en la mejora de la calidad de vida de la población en general y de sus habitantes en particular 36, 2) el desarrollo económico respetuoso con el medio ambiente pero con el énfasis puesto en la promoción de un desarrollo endógeno 37 y 3) el uso público en las modalidades de recreación, investigación y educación ambientales 38. El parque natural, por tanto, es una figura, que incluye conjuntamente las tres finalidades encerradas en el concepto de espacio natural protegido, es decir, la conservación de la naturaleza, el goce y disfrute públicos y el desarrollo socioeconómico 39.

Los parques naturales, dado el carácter de servicio público que, en cuanto espacio natural protegido, le corresponde, encierran limitaciones a la producción y derechos expropiatorios. En los parques naturales, sin embargo, la conservación deja de ser el objetivo exclusivo 40 para pasar a ser cohonestada y equilibrada con otros objetivos como el desarrollo de las actividades económicas en la zona, la animación de la vida local, la acogida de visitantes o la conservación del patrimonio cultural. La actuación conservacionista, por tanto, no se agota en la naturaleza sino que la aborda y contempla desde la revitalización social del territorio mediante la instalación de servicios y la creación de empleo, la promoción de los recursos económicos locales, la protección del patrimonio arqueológico, etnológico, histórico, arquitectónico y urbanístico, etc. 41. La figura del Parque Natural persigue, por consiguiente, la integración territorial de los componentes naturales, económicos, sociales o históricos con el objetivo de lograr un tejido económico y social sólido y estable, que sea a la vez fundamento y garantía de la protección de los contenidos físico-naturales del área.

La concesión del estatuto de parque natural a un espacio rural, con el reconocimiento oficial de la singularidad del mismo, que la misma conlleva, le proporciona a sus pueblos, habitantes y productos una imagen de marca de calidad que se espera que refuerce la personalidad e identidad colectivas, favorezca la promoción de los productos tradicionales y lanzamiento de otros nuevos, promoviendo así una mejor defensa ante los problemas que como zona rural, le aquejan 42, y en definitiva, le posibilite lograr una mayor participación en los flujos económicos regionales. La concesión del estatuto de parque, por los contenidos públicos encerrados en la misma, implica un compromiso de la administración para contribuir a una solución dialogada y socialmente concertada 43 de los problemas que el referido espacio presenta en los campos del medio natural, territorial, económico (particularmente, del agrícola 44), histórico y cultural.

La figura de protección del Parque Natural está muy extendida en Europa, particularmente en Alemania y Francia. Alemania, desde 1956 hasta 1993, había declarado 67 parques naturales con una superficie total de 5.561.000 has 45. Francia, que

inició el proceso de declaración de Parques Naturales en 1968, tenía declarados 27 Parques Naturales Regionales para finales de 1992 que, en esas fechas, abarcaban 4.072.720 has, siendo el menor de 25.360 has (P.N.R. Haute-Vallée de Chevrense) y el mayor, de 393.000 has (P.N.R. Voleans d'Auvergne), y manejando como término medio un presupuesto de 5.000 millones de francos franceses 46. Los parques nacionales británicos, no obstante su denominación, por el enfasis puesto en la gestión de aspectos como la conservación de los paisajes, el uso recreativo, etc, 47 presentan importantes puntos de comparación con los parques naturales alemanes y franceses 48 y, con la categoría V relativa a Paisajes Terrestre y Marino Protegido de acuerdo con la clasificación de los espacios protegidos realizada por la Comisión de Parques Nacionales y Espacios Protegidos de la UICN 49.

4. LAS RESERVAS DE LA BIOSFERA

Las reservas de la biosfera son una categoría de protección creada a partir de 1974 en el marco del Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB) de la Unesco, que iniciado en 1971 como resultado de la Conferencia intergubernamental de expertos, celebrada en Paris en 1968, 50 está presidido por la filosofía de que el Hombre forma parte también de la naturaleza. Las reservas de la biosfera, desde la visión integrada de los problemas promovida por el MAB, responden al objetivo de estudiar sobre bases científicas las interacciones entre utilización y conservación de los recursos de la biosfera. La declaración de reservas de la biosfera persigue la creación de una red integrada por una muestra representativa a nivel mundial de los ecosistemas existentes en el mundo y la ejecución de investigaciones y experiencias extrapolables a extensiones del territorio cada vez mayores, por un lado, y, por otro, adaptadas a las particularidades geográficas y culturales del mismo 51.

Las aportaciones de las reservas de la biosfera al actual enfoque conservacionista no provienen por vía cuantitativa ya que, si bien se han declarado como tales zonas sin previa protección de la naturaleza, buena parte de ellas han partido de espacios protegidos preexistentes ni tampoco, al menos, hasta ahora no radican en la

gestión práctica desarrollada, un aspecto variable en las mismas 52 al depender la gestión de los recursos del organismo territorial competente (estado, región ...) y no de los organismos internacionales declarantes, sino que discurren por aspectos cualitativos y conceptuales que, como el enfoque multidimensional e integrador o la zonificación espacial adecuada a los fines asignados, se han desarrollado en las reuniones y congreso internacionales convocados para coordinación, evaluación e intercambio de información y experiencias puestas en marcha, siendo el primero el celebrado durante el otoño de 1983 en la ciudad bielorrusa de Minsk 53.

Las formas tradicionales de protección (los Parques Nacionales, por ejemplo), apenas habían tenido en cuenta los aspectos humanos hasta entrada la década de los ochenta y se habían interesado muy poco por las poblaciones locales afectadas y las relaciones del hombre con el entorno. Los debates y experiencias desencadenados por la puesta en marcha de las reservas de la biosfera contribuyeron a la difusión y aplicación de una visión multifuncional, flexible e integradora de las políticas y actuaciones proteccionistas que persigue la estrecha armonización de la conservación con el desarrollo sostenido de la zona 54 y la investigación de los ecosistemas, la formación, educación y divulgación ambientales. El Plan de Acción de las Reservas de la Biosfera, aprobado por el Consejo Internacional de Coordinación del Programa MAB en la reunión celebrada en París en diciembre de 1984, señaló como tercer objetivo principal el establecimiento de bases para aunar y compatibilizar conservación y desarrollo 55.

Este modo dinámico y abierto de interpretar la actuación protectora, que difería de los planteamientos rígidos y aislacionistas de las políticas imperantes en la materia, se acompañó con una estructura espacial de las funciones a ejecutar en las Reservas de la Biosfera. Estos espacios protegidos contienen una o varias zonas centrales consistentes en muestras de ecosistemas típicos, protegidas de forma estricta en consonancia a objetivos conservacionista previamente fijados. La zona central ha de rodearse de una "zona tampón", delimitada estrictamente y destinada a la investigación, la formación medioambiental y el turismo. Las zonas centrales y la zona tampón están circunvaladas por una" zona de transición" o "zona de influencia" que actúa de zona de amortiguación a la "zona tampón" y, siendo delimitada según criterios más biogeográficos que administrativos, se dedica a actividades de cooperación entre investigadores, gestores y población local con miras a promover la planificación integrada y el desarrollo sostenible de los recursos de la región56. Con ello, se busca superar la disociación existente entre conservación y desarrollo y evitar el enfoque aislado y restringido de la conservación al modo de una isla en medio de un vasto territorio excluido de la gestión ecológica 57.

La Segunda Conferencia Internacional sobre reservas de la biosfera, celebrada en Sevilla (España) entre los días 20 y 25 de marzo de 1995, a la que asistieron más de cuatrocientos expertos en representación de las 324 reservas de la biosfera repartidas por 82 países sobre una extensión de 211 millones de hectáreas, constituyó una oportunidad para el intercambio, información y experiencias de un nuevo hito en la revisión y actualización de la estrategia de desarrollo sostenible subyacente en las mismas. La "Declaración" de la Conferencia resaltó el papel de espacios naturales protegidos de cara al siglo XXI. Los debates, centrados en la mejora d e la gestión y de la coordinación intergubernamental desembocaron en la aprobación de los textos preliminares de documentos como el Plan de Acción o "Estrategia de Sevilla" y de los "Estatutos de la red internacional de las reservas de la biosfera" cuya ratificación y, más concretamente del segundo, por la Asamblea general de la UNESCO entrañará que los espacios protegidos declarados reserva de la biosfera dejarán de ser espacios emblemáticos reconocidos internacionalmente pero carentes de regulación para adquirir una normativa de protección legal específica y quedar sometidos a un sistema periódico de evaluación.

5. CONCLUSIONES

La protección de espacios naturales y seminaturales, en sus distintas modalidades (Reserva, Parque Nacional, Parque Natural, reserva de la Biosfera) entraña limitaciones productivas y cargas reales evidentes pero el alcance y grado de las mismas varía según la figura de espacio protegido aplicada. Las reservas, por concepto y desde una visión general, implican una conservación entendida en forma restrictiva. Los Parques Nacionales, por definición, encierran la conservación de los ecosistemas con un régimen legal restrictivo, uso público y declaración y gestión por la Administración nacional estatal. La reserva de la Biosfera ha sido una figura de espacio bastante lábil desde la perspectiva de la protección eficaz, algo que la Segunda Conferencia Internacional de Sevilla ha tratado de corregir respecto al futuro, y orientada a la conservación de ecosistemas y el uso sostenible de los recursos naturales dentro de una red de espacios protegidos de ámbito mundial. El Parque Natural, por último, representa una modalidad de espacio protegido, en el que la conservación se equilibra e integra con el desarrollo económico, el bienestar social y la protección cultural de las poblaciones locales implicadas.

Las diferentes categorías o figuras de espacios naturales protegidos se han visto afectadas por una renovación conceptual, que ha desembocado, en que ideas como compensación, concertación, participación, desarrollo sostenible, ecodesarrollo,

desarrollo local, ordenación territorial, tratamiento global izado e integrado de los problemas, etc., han pasado a engrosar el vocabulario utilizado para definir el significado y delimitar la gestión de las diferentes figuras de espacios naturales protegidos, particularmente, de la figura de protección conocida por parque natural. La eficacia en las políticas conservacionistas queda, en todo caso, unida, mediante instrumentos como la planificación socio-económica y la ordenación territorial, a la articulación de los mecanismos de solidaridad y los medios financieros que permitan establecer aquellos modelos de desarrollo rural que, en el marco de un control democrático por parte de las poblaciones locales y de la salvaguardia de los valores protegidos, garanticen a los habitantes de las zonas rurales afectadas por la declaración de espacios protegidos, un crecimiento económico sostenible, unas dignas condiciones de vida y, en definitiva, un futuro mejor.

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12. Información proporcionada por Jaime Morales Hernández, a quien agradezco el deta"e.

13. M. H.ALLEGRETTI (1994); M.W.BARBOSA DE ALMEIDA (1994); J.HEDER y A.GOMES (1994: 23-28).

14. J.P.HARROY (1974: 24-25); J.M.GONZALEZ HERNANDEZ, (1974 a. 4); F.ORTUÑO (1976: 113114); L.PALUZIE (1977: 65) y (1990: 35-41 y 69); K.MILLER (1980.36-37); J.A.MCNEELEY (1993b: 184); J.CASAS (1993: 58-59). El uso del término "Parque Nacional", con el significado específico posterior, no sucedió hasta años después, concretamente en 1879, con el texto de la Ley, por el que se creó el Parque Nacional australiano de Alberta (F.ORTUÑO, 1976: 114). La protección de la naturaleza, con la creación del Parque Nacional de Yellowstone, cerró la etapa caracterizada por ser un proceso errático, diverso, espontáneo y centrado fundamentalmente en recursos sectoriales como los forestales o cinegéticos y abrió u[la nueva de mayor articulación y coherencia organizada desde los poderes públicos ( J.C.LEFEUVRE, 199031-33; L.PALUZIE, 199024-35).

15. J.P.HARROY (1974: 25); J.M.GONZALEZ HERNANDEZ (1974 a: 6-7); F.LOPEZ RAMON (1976:359) y (1980:95); K.MILLER (1980: 40-41 y 119-120); L.PALUZIE (1977: 65-67) y (1990.49-50 y 85); F.ORTUNO (1981: 576) y (1984: 406-407); S.GRAU (1981: 445-446); J.M.C.CARVALHO y A.MAGNANI (1982: 418); IUCN (CNPPA)(1984: 49-50); J.A.MCNEELEY (1993b: 183); A.MACHADO (1988: 16-22); J.LECOMTE y J.N.L'HERITIER (1989: 3); S.MARRACO (1989: 391).

16. J.M.GONZALEZ HERNANDEZ (1974b: 239); F.ORTUÑO (1976: 121); L.BLAS ARITIO (1979); K.MILLER (1980: 79-98); IUCN (CNPPA)(1984: 49-50); J.A.MCNEELEY (1984: 4); E.LEYNAUD (1985: 134136); F.DIAZ DEL OLMO y F.MOLINA (1985: 150); A.MACHADO (1988: 20-21); F.LOPEZ RAMON (1988: 4547).

17. F.LOPEZ RAMON (1988: 45-47); T.R.FERNANDEZ (1975: 222).

18. A.MARJANEDAS (1969.99): M.01 (1974: 108); J.M.GONZALEZ HERNANDEZ (1974 b: 239); F. ORTUÑO (1976: 117) L.PALUZIE (1977: 64-65); B.CARDELUS (1981); J.C.M.CARVALHO y A.MAGNANI (1982: 423); IUCN (CNPPA) (1984: 50); A.MACHADO (1988: 20-21).

19. Ph.DUPONT (1979: 154); J.M" PANAREDA (1980: 61); F.GARCIA ALVAREZ (1981: 396).

20. En Africa y América del Norte, donde la densidad humana y demográfica han sido historicamente inferiores, los territorios consagrados a la conservación de la naturaleza en la modalidad de Parque Nacional alcanzan dimensiones superiores pero más próximas a los parques nacionales del primer momento (conjunto Yelowstone-Gran Teaton (1.012.000 has), el canadiense Wood Bufalo (4.420.000 has) y el Etosha (9.600.000 has) de Namibia, a los que se aproxima el sueco de Laponia con (840.000 has). Todos ellos, sin embargo, se encuentran a gran distancia del Parque Nacional de Groenlandia (70.000.000 has), el mayor de todo el mundo .

21. F.LOPEZ RAMON (1980: 96-97); F.PARRA (1989: 37).

22. J.JUNG (1972: 411-425); T.R.FERNANDEZ (1975: 219-220); Ph.DUPONT (1979: 156); T.RAMON FERNANDEZ (1975: 21.9); R.BETEILLE (1981: 244-245}; E.LEYNAUD (1985: 127-128, nota 1); V.LLORENS y al. (1989: 443); J.DUCROS (1989: 792-793); J.de SEBASTIAN (1989: 482); J.GARAY y F.MOLINA (1991: 53-54).

23. Ph.DUPONT (1979: 156); R.BETEILLE (1981: 244); J.C.LEFEUVRE, J.P.RAFFIN y F.de BEAUFORT (1981: 66).

24. M.OI (1974: 108-109 y 113-114); E.MARTINEZ PISON (1977a: 34); K.MILLER (1980: 43-103).

25. Un trabajo pione!o, en esta línea, fué el de K.MILLER (1980). Véase además los trabajos de J.A.MCNEELEY (1984: 5-7); K.GARRAT (1984: 66.68); P.H.L.LUCAS (1984: 76-77); G.H.BRUNDTLAND (dir.)(1988: 195); B.CARDELUS (1986: 7); E.LEYNAUD (1985: 131); B.JANIN (1985: 14.16); A.MACHADO (1988: 23); F.RODRIGUEZ (1988: 29); F.LOPEZ RAMON (1988: 42.43); J.M.GONZALEZ HERNANDEZ (1988); L.B.ARITIO (1988: 11); J.OJEDA (1987: 320-321) y (1988: 51.52); J.A.GUTIERREZ (1988: 419-420); E.MAHE y A.MOUSSE (1990: 21-22); J.FLORENT (1990: 23.24); J.M.REYERO (1991: 120); J.ALBA (1993: 51 y 53); P.O.GIROT (1993: 415-420).

26. J.A.MCNEELY (ed.), (1993 a: 14-24); V.BARZETTI (ed.), (1993: 235-247). 27. M.CASTELLS (coord.), (1992: 49 y64).

28. CIDIAT (1991: 19-21 y 159-167); V.BARZETTI (ed.), (1993: 10-12); R.FEIJOO (1994: 51-53).

29. Esta figura de protección que, por concepto, abarca territorios antrOPizados, incluye de forma paradójica el apelativo de "natural" y se atribuye a espacios que, en principio y por la jerarquización categorial establecida, se prevee que sean los "menos naturales" (L.PALUZIE 1990: 90-91) pero, quizá, se quiera señalar con ello la dimensión de protección de la naturaleza comportada por la misma.

30. J.P.HARROY (1974: 27); J.M.GONZALEZ HERNANDEZ (1974 a: 7); F.ORTUÑO (1976: 121); Ph.DUPONT (1979: 154-155); F.LOPEZ RAMON (1980: 135-139); A.GARCIA ALVAREZ (1981: 398); F.ORTUÑO (1981: 577); J.f.CASTELLO (1982: 11); J.C.LEFEUVRE, J.P.RAFFIN y F.de BEAUFORT (1981: 66}; J.de ALMEIDA (1986: 12); J.GARAY ( 1986: 18); J.A.TORRES y al. (1986: 81); A.MACHADO (1988: 20-21); J.C.BONTRON (1989: 162-164); B.ROCH (1989: 29); J.P.LEBAILLY (1989: 32); H.OFFNER (1989); G.ALBARRE (1989: 71); M.O.GUTH (1989 b: 74); F.DIAZ PINEDA (1990: 48); F.RUEDA et al. (1992: 11); X.CAMPILLO (1994: 84-91).

31. Ph DUPONT (1979: 154-156); J.M.PANAREDA (1980: 63); T. de AZCARATE (1986: 9-11); R.SANCHEZ DE LA MORENA (1986: 44-45); J.A.GUTIERREZ (1988: 424-425); X.CAMPILLO (1994: 84-86).

32. Ph. DUPONT (1979: 153); R.BÉTEILLE (1981: 246); A.L .HORSET (1986: 34); J.A.GUTIERREZ (1988: 424); X.CAMPILLO (1994: 86).

33, T.de AZCARATE (1986: 11); J.A.GUTIERREZ (1988: 424); M.COLON (1989: 552); F.MOLINA (1989:855); G.ALBARRE (1989: 71).

34. J.J.DELANNOY (1989: 360); M.LEENHART (1989: 585).

35. B.ROCH (1989 a: 29); M.O.GUT (1989 a: 666); F.LETOURNEUX (1989: 402); L.MERMET (1989: 577); M.LEENHART (1989: 580 y 583); M.OFFNER (1989: 96).

36. R.BETEILLE (1981): 246); J.I.CASTELLO (1982: 11); J.GARAY (1986: 19-20); M.COLON (1986: 97) y (1989: 552); T. de AZCARATE (1986: 9); J.P.LEBAILL Y (1989: 33); M.O.GUTH (1989 b: 74); R.CAGGIANO (1989: 424); J.M.NICOLAS (1989: 409-411); J.CALS (1989: 294); P.KREMER (1989: 25); D.BOUILLON (1991: 199); F.RUEDA y al. (1992: 11).

37. R.BETEILLE (1981: 246); FEDERATION DES PARCS NATURELS DE FRANCE (1982. a y b); T. de AZCARATE (1986: 11); J.GARAY (1986: 19); M.COLON (1986: 97) y (1989: .552); A.L.HORSET (1986: 34); F.MOLINA (1989: 855); P.KREMER (1989: 25); B.ROCH (1989: 29); J.P.LEBAILLY (1989: 33); G.ALBARRE (1989: 71); D.BOUILLON (1991: 199); F.RUEDA y al. (1992: 31).

38. J.M.GONZALEZ HERNANDEZ (1974 a: 7 y 14); A.GARCIA ALVAREZ (1981: 394); J.I. CASTELLO (1982: 11); R.BETEILLE (1981: 246); F.DIAZ DEL OLMO y F.MOLINA (1985: 150); M.COLON DIAZ (1986: 98) y (1989: 552-556); T. de AZCARATE l1986. 9-10); J.GARAY (1986: 19 y 25); A.ANDREU (1986: 132); M. del REGUERO (1986: 138-140); F.J.ONATE (1986); P.KREMER (1989: 25); H.OFFNER (1989); H.JOB (1989); D.BOUILLON (1991: 199); F.RUEDA y al. (1992:11).

39. F.LOPEZ RAMON (1980: 134).

40. Las interpretaciones del Parque Natural como una figura con contenidos protecionistas estrictos no faltan: así, lo recoge la ley belga de 12 de julio de 1975 (G.ALBARRE, 1989: 72) y, aquí, surgió también esa concepción por la misma época (R.FOLCH, ed., 1976: 99-101). Martínez Pisón, aunque consideró parques nacionales y parques naturales como "denominaciones similares, pero no equivalentes" (E.MARTINEZ PISON, 1977 a: 31), hizo por el año 1977 una utilización indiferenciada de ambos términos (E.MARTINEZ PISON, 1977 a y b). Esta interpretación, resultado de la confusión y dispersión reinante en las categorías de protección, ha dejado de ser sostenida en los años ochenta. La confusión no ha desaparecido totalmente, sin embargo, de la literatura especializada y, así, en 1992, apareció un libro que, bajo la denominación de Parques Naturales, contiene las descripciones de diferentes Parques Nacionales distribuidos por la geografía mundial (ADENA/WWF, 1992).

41. FÉDÉRATION DES PARCS NATURELS DE FRANCE (1982 a, b yc).

42. FEDERATION DES PARCS NATURELS DE FRANCE (1982 a: 81); E.HISMANS (1989: 9); B.ROCH (1989); A.MICOUD (1989: 284-285).

43. B.ROCH (1989); J.GARAY (1989: 18-19).

44. FEDERATION DES PARCS NATURALS DE FRANCE (1982b); X.CAMPILLO (1994: 83 y 86); E. MONTRESOR (1994). El Parque Natural Regional de Luberon constituye un ejemplo de cómo puede combinarse la protección del medio natural, el desarrollo socioeconómico y el uso recreativo con un objetivo agrícola como es la defensa y protección del suelo agrícola ante la presión ejercida por usos turísticos (J.GREGOIRE, 1988).

45 H. OFFNER (1989); X. CAMPILLO (1994.79).

46. FÉDÉRATION DES PARCS NATURELS DE FRANCE (1992). 47. J.MOORHOUSE (1947).

48. J.P.HARROY (1974: 27); J.J.MAHER (1989: 82). 'i, 49. IUCN (CNPPA) (1994: 187 y 247). 50. M.BATISSE (1982).

51.IUCN (CNPPA) (1984: 52); M.BATISSE (1986).

52. F.MARTINEZ SALCEDO (1989: 748); H.DA CRUZ (1989: 17); J.ARAUJO (1990: 215); L.PALUZIE (1990: 72).

53. MAB (1984); M.BATISSE (1986).

54. MAB (1984: 13-14); M.BATISSE (1986: 3 y 10); M.DELIBES (1985: 9); F.MARTINEZ SALCEDO (1989: 748); F.DIAZ DE PINEDA (1991: 49-52); E.FERNANDEZ GALIANO (1993: 557); J.CELECIA (1993: 46); T.AZCARATE (1993: 207-208).

55. MAB (1984: 14); J.CELECIA (1993: 6).

56. MAB (1984: 12); M.BATISSE (1986: 3-5 y 8); F.GONZALEZ BERNALDEZ (1984: 396); J.LECOMTE yal. (1989: 89-90); E.FERNANDEZ GALIANO (1993: 557); MAB (COMITE ESPAÑOL); T.AZCARATE (1994: 208-210).

57. J.LECOMTE y al. (1989: 90).